Se informa a la comunidad con el fin de generar conciencia, que se detectaron intervenciones no autorizadas en la costa del lago Nahuel Huapi, específicamente en el sector de Bahía Bustillos, frente a propiedades privadas. Durante una inspección realizada se constató el uso de maquinaria pesada para el movimiento de suelo, la remoción de piedras naturales y el depósito de tierra sobre el espejo de agua.
Estas acciones contravienen la normativa ambiental vigente, entre ellas:
- Ordenanza N.º 1271/02 y N.º 1140/00: prohíben expresamente la extracción de áridos y el movimiento de suelos en zonas lacustres sin autorización previa.
- Código de Planeamiento Ambiental (Ord. 2659/12): establece franjas de protección costera como áreas de restricción para intervenciones constructivas.
- Código Ambiental Municipal (Ord. 546/93): considera daño ambiental a cualquier alteración del suelo, el agua o el paisaje, e impone la obligación de recomponer el ambiente afectado.
En virtud de estas infracciones se intimó a los responsables a restaurar el área intervenida.
¿Por qué es grave?
Las zonas de restricción conforman ecosistemas frágiles. Cada intervención sin control genera impactos negativos que afectan el ambiente, la estabilidad del suelo y la belleza paisajística, patrimonio natural de toda la comunidad. No se trata de un recurso de uso privado, sino de un bien común que debemos preservar.
Recordamos que toda intervención en zonas de restricción constructiva está prohibida, salvo casos que se justifiquen pero que requieren autorizaciones previas. Apelamos al compromiso ciudadano para cuidar y respetar el ambiente que nos rodea.
Cuidar nuestro territorio es una responsabilidad compartida.





