Los propietarios tendrán un plazo de dos años para realizar el trámite, de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza 01-26 de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación.


La Prefectura Naval Argentina informa a los propietarios de embarcaciones de arqueo bruto igual a dos que,
en el marco de la Ordenanza 01-26 de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, tendrán un
plazo de dos años, que vence el 27 de agosto de 2028, para reinscribir sus embarcaciones en los registros
jurisdiccionales correspondientes.


La medida alcanza a las embarcaciones que poseen un arqueo bruto igual a dos que hoy se encuentran
registradas en la 2da. Agrupación (mercantes menores), 3ra. Agrupación (fiscales) o en el Registro Especial
de Yates (R.E.Y.).


El trámite es simple, rápido, cómodo y puede ser realizado en la dependencia de la Prefectura Naval
Argentina que cada propietario elija.


Para realizar la solicitud, se debe completar el “Formulario No 3”, disponible en
https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/12/formulario_3_solicitudesvaria s_actualizado_02-26.pdf
y elegir una dependencia, que emitirá un nuevo Certificado de Matrícula de acuerdo al lugar de registro.