Luego del Comité de Crisis celebrado en el día de ayer en el cual el Jefe de la Zona Sanitaria IV, Néstor Sáenz, indicó que al momento de la reunión existían en la localidad 468 personas aisladas de las cuales 223 ya habían sido hisopadas y que el 90% de estas presentaba síntomas, el Ejecutivo municipal extendió el Decreto N° 4102/2020 en el cual se amplía la suspensión preventiva de actividades a partir de las a partir de las 00:00 horas del día 21 de setiembre de 2020 hasta las 23:59 hs del día 23 de del corriente mes y año.

Se establece:

a)      La restricción del horario de circulación vehicular y de personas  de 20:00 a 09:00 hs.

b)      Cierre de todos los locales comerciales,

c)      Se exceptúa la provisión de alimentos,  productos y servicios de primera necesidad  en el horario de 09:00 hs a 19:00 hs: supermercados, almacenes, despensas, kioscos, panaderías, carnicerías, fruterías, verdulerías,  consultorios médicos, veterinarias, gomerías  y servicios de mensajería

d)      Se habilita la apertura de locales gastronómicos únicamente bajo la modalidad de “para llevar”  en el horario de 9:00 a 20:00 hs. y “delivery” en el horario de 9:00 a 21:00 hs 

e)      Las farmacias permanecerán abiertas, realizando atención únicamente por ventanilla, en horario de 09:00 Hs a 19:00 hs. y fuera de ese rango horario de acuerdo al cronograma de guardias.

f)       Se suspenden todas las actividades habilitadas hasta la fecha: recreativas, deportivas, sociales, familiares, religiosas, en espacios públicos y talleres. 

g)      Se cierra en forma preventiva todas las instituciones y empresas de la localidad.

h)      Se exceptúa la apertura de las entidades bancarias de acuerdo a las directivas emitidas por el BCRA.

i)       Queda exceptuada la circulación mínima, solo para el personal esencial.

j)       La circulación se encontrará custodiada por las autoridades policiales y de Gendarmería Nacional.

k)      El ingreso y egreso al ejido municipal queda cerrado preventivamente hasta las 23:59 hs. del 20 de Setiembre sin que ello interfiera en la libre circulación de vehículos en tránsito a otras localidades por ruta Nacional N°40 sin descenso en la localidad de Villa La Angostura.

l)       Se exceptúa el ingreso y egreso al ejido para el abastecimiento esencial y personal esencial que desarrolla actividad en nuestra localidad

m)     Se exceptúa el ingreso a la localidad para toda persona residente que registre domicilio en el DNI

n)      El servicio de transporte urbano de pasajeros se realizará respetando los protocolos sanitarios de  distanciamiento social obligatorio

Cabe destacar que fuentes oficiales del Hospital Dr. Oscar Arraiz informaron que al momento del comunicado, el número de personas aisladas ha incrementado y es de 642, los cuales son contactos estrechos de casos confirmados.