El Municipio de Villa La Angostura adhiere a la resolución provincial que autoriza a ampliar los criterios de circulación de personas en las vías públicas excepcionalmente durante el día domingo 5 de julio de 2020.

El horario exclusivo de circulación de personas en las vías públicas hasta las 22:30 horas en aquellas localidades neuquinas que no tengan casos activos de COVID-19 al día de la fecha. En ningún caso esa circulación podrá exceder los límites departamentales fijados en el artículo 5º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576 del Poder Ejecutivo Nacional.

Excepcionalmente,  la circulación vehicular será entre las 08:00 y las 15:00 horas y la apertura de locales comerciales entre las 08:00 y las 22:30 horas.

Durante la vigencia del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, las personas deberán observar las reglas de conducta generales establecidas en el artículo 5º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional.

Aquellas actividades comerciales y reuniones autorizadas en el marco de lo dispuesto en los artículos 1º, 2º y 3º de la presente norma, y que requieran espacios físicos cerrados o semi-cerrados para su desarrollo, deberán observar estrictamente los límites de concurrencia y densidad de ocupación dispuestos en el artículo 7º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 576/20 del Poder Ejecutivo Nacional, así como la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados.