OBJETO: La Municipalidad de Villa La Angostura convoca al Concurso de Precios N°
10/2025, con el objetivo de adquirir un vehículo para ser sorteado oportunamente en el
marco de la 13° Fiesta Nacional de los Jardines.
PRESUPUESTO OFICIAL: monto máximo de $ 34.900.000,00 (Treinta y Cuatro Millones
Novecientos Mil con 00/100)
ENTREGA Y PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Hasta las 10:00 hs del día miércoles 10 de
diciembre del 2025, en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Villa La Angostura, Calle
Obispo de Nevares N° 32 de la ciudad de Villa La Angostura, Provincia del Neuquén.
FECHA Y LUGAR DE APERTURA DE SOBRES: A las 10:30 hs del día miércoles 10 de
diciembre del 2025 en la sala de Intendencia de la Municipalidad de Villa la Angostura,
calle Obispo de Nevares 32, de la ciudad de Villa La Angostura, Provincia del Neuquén. El
acto de apertura se realizará en presencia de los funcionarios designados por la
Municipalidad y los oferentes o presentantes que deseen participar.
CONSULTAS: Se podrán realizar consultas sobre las condiciones del Concurso y del
Pliego en la Secretaría de Gobierno, ubicada en la Municipalidad de Villa la Angostura,
calle Obispo de Nevares 32, de la ciudad de Villa La Angostura, en el horario
administrativo de 8.00 hs a 13.00 hs de lunes a viernes. Teléfono 2944 – 241715 o al mail
gobierno@villalaangostura.gov.ar, hasta dos (2) días previos a la fecha de entrega y
presentación de ofertas. Las respuestas a las consultas realizadas serán circularizadas a
todos aquellos interesados que hayan dejado asentada una forma de comunicación.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES DEL CONCURSO
ARTÍCULO 1°: El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales (PBCG) regirá todo
lo relacionado con el Concurso de Precios para la Adquisición un vehículo para ser
sorteado oportunamente en el marco de la 13° Fiesta Nacional de los Jardines.
ARTÍCULO 2°: La realización de una oferta conforme al presente pliego importa el
conocimiento pleno y la voluntad de someterse a sus disposiciones. —————–
ARTÍCULO 3°: La Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Villa La Angostura es la
Autoridad de Aplicación en lo referente al presente Concurso de Precios Nº 10/2025, e
intervendrá en el control y resolución de las impugnaciones que pudieran presentarse.
Sus decisiones obligan a todos los oferentes por igual.——-
ARTÍCULO 4°. PLAZOS: Todos los plazos fijados en días se computarán por días hábiles administrativos, excepto cuando se disponga expresamente que sea en dias corridos
ARTÍCULO 5°. DE LA ADQUISICIÓN: El que resultare adjudicatario se compromete a
hacer entrega de los productos en cuestión en un plazo no mayor a 20 días corridos,
conforme a las especificaciones técnicas establecidas en el presente Pliego de Bases y
Condiciones.
Forma y plazo de pago:
Será abonado el pago del 100% contra la entrega total del vehículo listo para rodar
y efectuada su recepción definitiva dando conforme la Municipalidad de Villa la
angostura.
Los pagos se realizarán contra presentación de factura en legal forma emitida por
el adjudicatario
Precio. Monto límite para proponer: El precio máximo del presente concurso es de
Pesos Treinta y Cuatro Millones Novecientos Mil ($ 34.900.000.-). No se aceptarán
propuestas que superen dicho monto.
ARTÍCULO 6º. JUNTA EVALUADORA: La Junta Evaluadora estará conformada por el
Secretario de Hacienda o quien lo reemplace, el Secretario de Gobierno y un
concejal de cada Bloque. Cada uno de estos miembros tendrá un voto en la
definición de la adjudicación, en el caso de empate el Secretario peticionante
tendrá el voto de desempate. Esta Junta evaluadora será constituida por invitación
del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM), y copiada en el total de las
comunicaciones intercambiadas entre el/los oferentes y/o proponente/es, siempre
que estén referidas al concurso de precios.
ARTÍCULO 7º. DIFUSION E INVITACIONES: La Secretaría de Gobierno, en su
carácter de Autoridad de Aplicación, debe garantizar la publicación del pliego
correspondiente en el Boletín Oficial, medios de comunicación de la Municipalidad
y medios de comunicación locales, garantizando la difusión masiva por lo menos
durante diez (10) días corridos. En caso de realizarse una invitación directa, esta
deberá efectuarse a como mínimo a tres (3) proveedores u oferentes,
remitiéndose copia de estas invitaciones a los miembros de la Junta Evaluadora.
ARTICULO 8°: La Municipalidad, por intermedio de la Autoridad de Aplicación,
tomará las medidas que estime pertinentes, por vía publicitaria e invitaciones, a
efectos de asegurar la mayor participación de oferentes y presentación de
propuestas o cotizaciones y la intervención de la mayor cantidad de proveedores
posible. Sin perjuicio de ello, en caso de que solo existiese un único proveedor u
oferente y una única oferta, el proceso de concurso podrá continuar de acuerdo a
lo establecido en el presente PBCG, requiriéndose para la adjudicación y/o
contratación la aprobación del Concejo Deliberante por el voto de la mayoría
simple del total de sus miembros.
ARTÍCULO 9°. PROCEDIMIENTO CON SOBRES. PRESENTACION DE OFERTA: Las
propuestas u ofertas serán recibidas en sobre cerrado sin identificación, en el que se
consignara:
a) Carátula: Inscripción en la parte exterior del sobre Municipalidad de Villa La Angostura,
Concurso de Precios Nº 10/2025, ADQUISICIÓN DE VEHÍCULO PARA SER SORTEADO
OPORTUNAMENTE EN EL MARCO DE LA 13° FIESTA NACIONAL DE LOS
JARDINES.-
b) Oferta o Cotización: Ubicado en el interior del sobre se incluirá un ejemplar del
presente PBCG firmado en todas sus hojas por el oferente, la propuesta u oferta, que
deberá ser confeccionada de forma que se identifique claramente el bien ofertado, su
precio, condiciones de pago según lo indicado en el artículo 5º del presente PBCG, plazo
de entrega y las imágenes y especificaciones de lo ofertado.-
c) Documentación legal exigida: Los oferentes deberán presentar libre deuda municipal,
documento de identidad, fotocopia de C.U.I.T y fotocopia Ingresos Brutos o Convenio
Multilateral (Monotributista o Autónomo), constitución de domicilio especial en la ciudad de
Villa la Angostura.
En caso de personas jurídicas deberán presentar Estatuto o Contrato Social, composición
actual del órgano de dirección, fotocopia de C.U.I.T. y de Ingresos Brutos o Convenio
Multilateral, constancia de inscripción en A.R.C.A
d) Manifestación firmada de aceptación de la jurisdicción y competencia de la Oficina
Procesal Administrativa de la ciudad de Villa la Angostura para intervenir en cualquier
situación conflictiva que se presente en la celebración y ejecución del concurso de precios
y del contrato.
Los sobres podrán ser presentados ante la Mesa de Entradas de la Municipalidad de Villa
La Angostura cita en Obispo de Nevares 32, hasta las 10:00 horas del día miércoles 10
del mes de diciembre de 2025. No se recibirán ofertas una vez vencido dicho plazo.
La propuesta, denominada “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULO PARA SER SORTEADO
OPORTUNAMENTE EN EL MARCO DE LA 13° FIESTA NACIONAL DE LOS
JARDINES”:
- 1 Vehículo de gama media.
Dicho producto deberá ajustarse a las características establecidas en el Anexo 1.
El incumplimiento del plazo por parte del adjudicatario por razones que le sean imputables
lo hará pasible de multa, que se graduará según el atraso en que se incurra en hasta un valor equivalente al quince por ciento (15%) del valor total de la adquisición.
ARTÍCULO 10°. ACTO DE APERTURA DE SOBRES: La apertura de sobres del
Concurso se realizará en la sala de Intendencia de la Municipalidad de Villa la Angostura,
en calle Obispo de Nevares 32, de la ciudad de Villa La Angostura, el día miércoles 10 de
diciembre del 2025 a las 10:30 horas, en acto público con la presencia de los funcionarios
designados por el Municipio, y los oferentes que deseen participar. En el acto de apertura
se procederá a dar lectura a las propuestas recibidas y dejar constancia en Acta que
deberá ser firmada por los funcionarios municipales y los participantes que deseen
hacerlo. Los participantes podrán realizar las manifestaciones que crean conveniente, de las cuales se dejara constancia. No se emitirá opinión sobre ninguna de las propuestas
En caso de ser inhábil el día fijado para la apertura, la misma se realizará el primer día
hábil administrativo siguiente.———————————————————-
ARTICULO 11°: Una vez efectuado el acto de apertura de sobres la Autoridad de
Aplicación convocará, en día y hora a fijarse pero con una anticipación de hasta tres (3)
días hábiles, a los integrantes de la Junta Evaluadora a efectos de iniciar el estudio de las ofertas presentadas. La junta evaluadora deberá dejar constancia escrita de lo actuado.
ARTICULO 12°: La Municipalidad de Villa La Angostura se reserva el derecho de aceptar
la propuesta que a su juicio resulte más conveniente para sus intereses, o declarar
desierto el Concurso, sin derecho para los oferentes a formular reclamo alguno en cuanto
a los motivos y/o puntos que derivaron en dicha decisión. La elección de la oferta a
adjudicar no necesariamente será aquella que presente un mejor precio, sino la que se
estime más conveniente a los intereses municipales en función de una evaluación
comprensiva de todas las exigencias y requisitos establecidos en el presente pliego. La
decisión que se tome por parte de la Junta Evaluadora deberá estar debidamente
fundada, en todos los casos.
Una vez analizadas y estudiadas cada una de las propuestas presentadas, la Junta
Evaluadora emitirá su dictamen, sugiriendo a la Autoridad de Aplicación cuál es, a su
criterio, la oferta más conveniente y que debería ser pre-adjudicada. La Autoridad de
Aplicación deberá emitir una resolución fundada, en la cual procede a «pre-adjudicar» el
concurso al oferente que realizó la oferta considerada más conveniente. Dicha resolución
emitida por el Secretario de Gobierno, deberá ser notificada a todos los oferentes, en
alguna de las formas previstas en el artículo 43° de la Ordenanza Nº 1206/01, con adjunción de copia integra del acto administrativo.
Los oferentes no pre-adjudicados tendrán un plazo de tres (3) días hábiles, a partir de
dicha notificación, para formular las observaciones y/o impugnaciones que consideren
corresponden.
ARTÍCULO 13º. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN: Es la que afianza la seriedad en el uso
del derecho de impugnar o realizar observaciones al proceso del concurso de precios. El
monto de la garantía de impugnación será de Pesos Tres Millones Cuatrocientos Mil ($
3.400.000.-), suma que deberá depositarse a nombre de la Municipalidad de Villa La
Angostura, CUIT 30-58786743-1, en la cuenta corriente 109119/5 del Banco de la
Provincia del Neuquén sucursal Nº 006., y presentarse junto con el escrito de
impugnación u observación.
La garantía será devuelta en el supuesto de resolverse favorablemente la impugnación
que afianza, caso contrario se perderá a favor del Comitente (MVLA).
ARTÍCULO 14°. LA ADJUDICACION: La adjudicación deberá ajustarse a la oferta que
resulte más conveniente a los intereses de la hacienda pública y/o al cumplimiento de los
requisitos de seguridad necesarios para los trabajadores; el cotejo y valoración deberá
garantizar el tratamiento igualitario de todas las propuestas recibidas. En caso de existir
ofertas similares que correspondan a oferentes locales y foráneos, se considerará los dispuesto por el articulo 193 de la Carta Orgánica Municipal (Compre Local)
Una vez vencido el plazo para la presentación de impugnaciones y/u observaciones a la
pre-adjudicación, o cuando se la haya tramitado y resuelto, la Municipalidad dispondrá la
adjudicación mediante acto administrativo emitido por el Sr. Intendente Municipal, la que será notificada simultáneamente a los restantes oferentes y al adjudicatario.
Realizada la adjudicación, la Comitente emitirá una orden de compra en favor del
Adjudicatario, el cual considerará el plazo y forma de pago establecida en el artículo 5º del
presente PBCG. Formarán parte del mismo documento el presente PBCG y las circulares
aclaratorias que se hayan cursado por parte de la Autoridad de Aplicación, de oficio o a
pedido de cualquiera de los proponentes, la oferta aceptada, y toda otra documentación intercambiada por las partes intervinientes en el Concurso
El Adjudicatario no podrá ceder los derechos derivados de la adjudicación, en todo o en
parte, sin consentimiento previo y por escrito de la Junta Evaluadora.
